Acoso sexual en el trabajo: qué cuenta y qué puede hacer

El acoso sexual en el trabajo es ilegal en California, y la ley estatal protege a más personas, y en más situaciones, de lo que la mayoría de los trabajadores cree. Un solo incidente grave puede ser suficiente. Nada de esto es su culpa. Aquí le explicamos qué cuenta como acoso, a quién protege la ley y exactamente a dónde acudir.

Qué cuenta como acoso sexual

La ley reconoce dos formas:

No importa su género ni el de la persona que acosa. El acoso entre personas del mismo género también es ilegal, y tanto hombres como mujeres y personas no binarias pueden ser víctimas.

Un solo incidente grave puede bastar

La prueba legal es si la conducta fue grave o constante — no las dos cosas. Desde 2019, la sección 12923 del Código de Gobierno deja claro que un solo incidente grave puede ser suficiente para presentar un reclamo, y usted no tiene que demostrar que bajó su rendimiento en el trabajo. Basta con que el acoso le haya hecho más difícil hacer su trabajo. Cómo reaccionó usted en el momento — quedarse callada o callado, mantener la cortesía, conservar el empleo porque lo necesitaba — no borra nada de eso.

A quién protege la ley, y quién tiene que responder

La protección contra el acoso no se limita a los empleados regulares. La sección 12940(j) del Código de Gobierno también cubre a solicitantes de empleo, practicantes sin pago, voluntarios y personas que trabajan por contrato.

La responsabilidad de su empleador depende de quién lo hizo:

Documente todo; reportar es su decisión

Anote cada incidente: fecha, lugar, qué se dijo o se hizo, y quién lo vio. Guarde mensajes, fotos y capturas de pantalla en su propio teléfono o en casa — nunca solamente en un aparato del trabajo.

Reportar a recursos humanos o a un gerente pone al empleador sobre aviso, y eso importa sobre todo cuando quien acosa es un compañero o un cliente. Pero la ley no le exige reportar dentro de la empresa antes de presentar su queja ante el estado, y un empleador que ignora las quejas no puede después esconderse detrás de su propio silencio.

Si lo castigan por quejarse — despido, recorte de horas, degradación, reportes disciplinarios repentinos — esa represalia es una violación aparte bajo la sección 12940(h) del Código de Gobierno, aunque el reclamo de acoso nunca llegue a probarse.

Qué hacer

Presente una queja ante el Civil Rights Department (Departamento de Derechos Civiles, CRD), la agencia de derechos civiles de California (antes conocida como DFEH). Es gratis, no necesita abogado para empezar, y su estatus migratorio no importa: las protecciones de California cubren a todos los trabajadores, con o sin papeles. El plazo actual es de tres años desde el acoso (sección 12960 del Código de Gobierno); los plazos cambian, así que confírmelo con la agencia. Empiece en calcivilrights.ca.gov. Si prefiere un abogado privado, la California Employment Lawyers Association (Asociación de Abogados Laborales de California) tiene un directorio en cela.org. Y si el acoso le causó un daño — una agresión en el trabajo, o estrés o ansiedad que necesita tratamiento — también puede tener un reclamo de compensación de trabajadores (workers' compensation); vea knowyourrightsatwork.com.